Dizionario di eretici, dissidenti e inquisitori nel mondo mediterraneo
Edizioni CLORI | Firenze | ISBN 978-8894241600 | DOI 10.5281/zenodo.1309444
Inquisición de Corte – Tribunal de Corte en Madrid
Jean Pierre Dedieu
La villa de Madrid no tenía especial importancia cuando se fundó la inquisición española. Por ello no fue sede de inquisición alguna, sino que se ascribió al distrito inquisitorial de Toledo. Los inquisidores la visitaron por primera vez en 1490, procesando cierto número de judaizantes. Hubo posteriormente alguna que otra visita, sin que por ello se detectara un interés especial por ella. Desde mediados del siglo XVI, residía en ella un comisario de la inquisición de Toledo.
Todo cambió con la instalación de la corte en 1561: se duplicaba de golpe el tamaño de la villa con la inyección de una población cosmopolita, portadora de toda suerte de innovaciones culturales y dotada de una gran capacidad de liderazgo, características todas que la inquisición veía como peligrosas. Con la corte llegaba también el Consejo de la Inquisición, pero no ejerció en un primer momento jurisdicción alguna sobre la villa, que siguió dependiendo del tribunal de Toledo. El cual concentró sobre ella su actividad. Se multiplicaron las visitas de distrito, el número de inquisidores pasó en Toledo de dos a tres (1568), y se incrementó fuertemente el trabajo del comisario.
Con el paso de los años, Madrid se fue transformando en la capital permanente de la primera monarquía del mundo y en la segunda ciudad – desde principios del siglo XVII la primera - en todo en ámbito geográfico cubierto por la inquisición española. El sistema tradicional de control ya no bastaba. A partir de 1583, el Consejo nombró directamente a un "comisario del Santo Oficio en Madrid" distincto del de la Inquisición de Toledo. Asumió pronto aquel el grueso del trabajo inquisitorial. Recibía las denuncias, hacía informaciones y las remitía a Toledo después de consultar el caso con la Suprema. Alrededor de 1590, la Suprema empezó a comisionar inquisidores que no pertenecían al tribunal de Toledo para visitar la capital. En 1593 se creó una cuarta plaza de inquisidor en Toledo, con residencia de hecho en Madrid, donde formaba equipo con el comisario nombrado por la Suprema. El traslado temporal de la corte a Valladolid (1602-1607) no marcó sino un breve retorno al sistema antiguo. Alrededor de 1620 la figura del inquisidor residente se institucionalizó progresivamente. Se le solía llamar "inquisidor de corte", o el "asistente de corte". Juzgaba en la villa misma las causas de poca monta, consultandolas con la Suprema. No remitía a Toledo sino los casos más graves. Su sueldo corría a cargo de la inquisición de Toledo, aunque de hecho actuaba de forma independiente. Las causas, altamente políticas, del convento de San Plácido (1628-1647), del Cristo de la Paciencia (1630-1632), y de Benito Ferrer (1624) mostraron la necesidad de reforzar la presencia inquisitorial. En 1624 (Ferrer), en 1632 (Cristo de la Paciencia), autos de fe tuvieron lugar en la capital, oficialmente por cuenta de la inquisición de Toledo, de hecho por cuenta del Consejo. Desde 1638 aparecía un fiscal propietario del "despacho de corte" (hubo otros provisionales antes).
En 1644 se volvió brutalmente a la situación de 1583 para obviar las tensiones existentes entre el tribunal de corte y el de Toledo. La necesidad impuso, a pesar de todo, el restablecimiento del "despacho de corte", con inquisidor residente (1647, ratificado en 1648). En los años 1650, durante la gran represión de los conversos portugueses, el despacho de corte recibía las testificaciones, detenía a los reos, hacía los primeros interrogatorios, consultaba los casos con la Suprema y repartía luego los reos entre las inquisiciones de Toledo y Cuenca, según la capacidad de absorbcsón de cada una, procesando él mismo a muchos en Madrid. A partir de 1659, los inquisidores de corte dejaron de titularse inquisidores de Toledo y adquirieron en los años siguientes oficiales propios, cuyo sueldo corría a su cargo. El tribunal de corte se había vuelto independiente sin que mediara decisión oficial alguna y sin cortar del todo el nexo con su matriz. El famoso auto de fe de Madrid de 1680 lo celebró nominalmente la inquisición de Toledo. Sólo en 1752 dejó la inquisición de corte de admitir a los familiares de Toledo en su cofradía de San Pedro Mártir, en el marco de una concordia entre los dos tribunales que oficializó la ruptura.
El distrito de la nueva inquisición se limitaba al territorio municipal de la villa de Madrid. Una tentativa para extenderlo a cinco leguas alrededor, según el modelo de los alcaldes de casa y corte, fracasó en 1755. No teniendo canongías en su distrito, y administrando directamente la Suprema los secuestros que hacía, no tenía ingresos propios, manteniéndose a base de consignaciones de las demás inquisiciones. Probablemente en los años 1650 se edificó en Madrid una casa para el tribunal de corte, con cárceles secretas al lado. El tribunal celebraba sus propios autos de fe (el primero en 1659) en el monasterio dominico de Santo Domingo el Real.
La inquisición de corte pasó a ser, en adelante, el tribunal de distrito más prestigioso de la inquisición española. Era para los jueces una antecámara del Consejo. Fue quien llevó a cabo las causas famosas del siglo XVIII (Macanaz, Olavide) en estrecha relación con el Consejo. Procesó numerosos conversos en la primera mitad del siglo. Con todo, muchos aspectos de su historia siguen sin aclarar. Su archivo, que era distinto del de la Suprema, desapareció después de la abolición del tribunal en 1821.
Bibliografía
- Blazquez Miguel (Juan), [1990], Madrid: judíos, herejes y brujas (1650-1820), Toledo, Editorial Arcano
- Contreras (Jaime), Dedieu (Jean Pierre) [1993], "Estructura geográficas del Santo Oficio en España", in: Pérez Villanueva (Joaquín), Esandell Bonet (Bartolomé), ed., Historia de la Inquisición en España y América. II. Las estructuras del Santo Oficio, Madrid, BAC, p. 3-47.
- Dedieu (Jean Pierre) [1989], L'administration de la foi. L'inquisition de Tolède (XVIe-XVIIe siècle), Madrid, Casa de Velazquez.
- Dománguez Salgado (María Pilar) [1994], "Estatuto del tribunal de Corte (1752)", Anales del Instituto de Estudios Madrileños, XXXIV, p. 415-426.
Article written by Jean Pierre Dedieu | Ereticopedia.org © 2014
et tamen e summo, quasi fulmen, deicit ictos
invidia inter dum contemptim in Tartara taetra
invidia quoniam ceu fulmine summa vaporant
plerumque et quae sunt aliis magis edita cumque
[Lucretius, "De rerum natura", lib. V]